Micelio
Auto26 de agosto de 2020

A- de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Oswaldo Alvarez Rojas·Demandado Mineducacion Nacional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso (Boyacá) y el Juzgado Tercero Administrativo Oral Transitorio del Circuito de Duitama (Boyacá).

La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó por sus diferentes posturas frente al factor territorial.

La Sala considera que el despacho que tiene competencia para decidir la solicitud de amparo es la del municipio de Duitama, a donde dispone enviar el expediente para que de manera inmediata lo tramite y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 6 de marzo de 2020 por el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo Transitorio Oral del Circuito Judicial de Duitama, Boyaca, dentro de la accion de tutela promovida por Oswaldo Alvarez Rojas contra del Ministerio de Educacion - Subdirectora de Aseguramiento de la Calidad de la Educacion Superior.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3870 Juzgado
  4. Tercero. Administrativo Transitorio Oral del Circuito Judicial de Duitama, Boyaca, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision a que haya lugar.
  5. Tercero. Por la Secretaria General de esta corporacion, COMUNICAR la presente decision a la parte demandante y al Juzgado
  6. Primero. Penal del Circuito de Sogamoso, Boyaca.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.